
Transparencia y opacidad en la lógica capitalista de la anticorrupción

I. Introducción
La noción tradicional de corrupción como decadencia y destrucción, como algo fuera de lugar, ha sido compartida por pensadores políticos de toda índole, desde Aristóteles hasta Maquiavelo2. En la actualidad, la literatura académica en torno a esta cuestión es extensa3. Autores como Lee & Oh (2007) la definen como «el abuso de una posición o los recursos asociados a ella por parte del funcionariado con fines de lucro privados, ya sea por medio del soborno, el nepotismo4, la obtención o concesión arbitraria de ventajas políticas o económicas, el tráfico de influencias, o la financiación ilegal de partidos o campañas electorales, entre otros métodos5». A nivel internacional, se han multiplicado los esfuerzos por adoptar tratados y convenios vinculantes (como el relativo al Blanqueo, Detección, Aprehensión y Confiscación de los Productos de la Delincuencia Organizada de 1990, aunque no solo6) que delimiten los criterios sobre los que fundamentar el carácter contrario a Derecho de estas actividades, obligando a cada Estado firmante a tipificarla en sus respectivos Códigos Penales de acuerdo a estándares y valores que pretenden ser universalmente aceptados78.
II. ¿Cómo entiende la corrupción el marxismo?
Sus efectos, según Busuncian (2018), van desde la pérdida de legitimidad de los gobiernos, credibilidad de las instituciones, y eficiencia de la administración, hasta la amenaza al sistema democrático, la seguridad nacional (ciertamente, se han encontrado claros vínculos entre la corrupción y el crimen organizado, factor desestabilizador interno por antonomasia), y el bienestar general (al menos en tanto en cuanto no se da una distribución equitativa de la riqueza, lo que supone que billones de euros vayan a menudo a parar a las manos de una minoría a expensas de la mayoría), razón por la cual se considera que el nivel de exclusión social que estimula no se habría alcanzado en otras circunstancias, constituyendo, por ende, una grave violación de los derechos humanos9. Esta narrativa ha posibilitado que se establezca una clara diferenciación entre qué suerte de intereses privados se pueden considerar normales/legítimos o patológicos/corruptos en las esferas política y económica, contribuyendo en última instancia a normalizar la omnipresencia de todos aquellos acuerdos, instrumentos, y medidas que convienen a la clase capitalista siempre y cuando se hagan siguiendo una serie de procedimientos o trámites prescritos previamente por ésta.
De acuerdo a Bratsis (2014), la teoría marxista puede ayudarnos a entender los sesgos ideológicos que entrañan los mecanismos supuestamente imparciales y neutrales del Estado burgués a la hora de concebir y regular la lucha contra la corrupción en nuestras sociedades10. Si se ha convertido en un tema clave para la comunidad internacional11 en los últimos años, ello es debido precisamente a la insistencia del capital transnacional por reducir los costes de sus transacciones y calcular con mayor exactitud los beneficios que pueden derivarse de determinadas inversiones, muy en línea con el concepto de Max Weber relativo a las formas de gobierno que alude a la racionalidad instrumental, básico para lograr una aplicación e interpretación de la ley consistente, inteligible y predecible, desprovista de informalidades y potenciales confusiones12. Simultáneamente, se pretende aumentar la autonomía de las burocracias estatales con respecto los intereses nacionales y sus élites locales, de cara a actuar contra la voluntad popular, por un lado, y los deseos de los capitalistas domésticos, por otro, pero siempre en favor de sus intereses de clase particulares, si bien para ello también deben servirse, como complemento reforzante, del recurso a la violencia policial, los planes de austeridad, la amenaza de sanciones económicas, y las batallas legales. En cualquier caso, según este autor, dicho fenómeno queda ilustrado a la perfección por el ascenso de la Unión Europea y su rol como agente decisor de las políticas fiscales y monetarias más relevantes, ahora ajenas al control directo de cualquier representante elegido democráticamente en cada uno de los países miembros; de ahí, por ejemplo, la paulatina privatización de la mayoría de empresas públicas o la eliminación masiva de subsidios agrícolas13. Con ello se estaría logrando, ni más ni menos, que las iniciativas que puedan afectar al capital transnacional sean mucho más predecibles y transparentes para las empresas extranjeras, mientras las barreras previas al proceso de globalización van desmoronándose a mayor velocidad.
De otra parte, gracias a esta fijación por la corrupción es posible ofrecer una interpretación de las desigualdades globales en términos de desarrollo que no reta en absoluto el orden imperialista vigente, al enmarcarlas como el producto natural de la inferioridad relativa de los estándares éticos y marcos políticos o legales propios de determinadas regiones, sirviendo por ello como justificación de la supremacía normativa de la que gozan los países avanzados del hemisferio norte. Así, sabemos que, desde la fundación de Transparencia Internacional en 1993, se han sucedido varias campañas anticorrupción lideradas por USAID, el Banco Mundial14, la ONU, OCDE, el FMI, y la Open Society Foundations, entre otras instituciones15, que la han problematizado fundamentalmente en su vertiente burocrática al juzgar que ésta no constituiría sino una desviación del principio de indiferencia —cuya ausencia en países como la República Popular China, Venezuela, o Vietnam parece equivaler a ojos de las mismas a una potencial volatilidad que impide lograr la racionalidad esperada por el capital transnacional, siendo que en los denominados clientelismo y populismo, por ejemplo, las mediaciones institucionales prácticamente desaparecen, pues el lazo entre los decisores de las políticas y los afectados por ellas son mucho más estrechos16— en la aplicación de la ley y las políticas por parte de los funcionarios (por ejemplo, la policía o los inspectores de Hacienda, más cercanos a la ciudadanía) a causa de sobornos y conexiones personales. En cambio, la corrupción política atañería sobre todo al proceso de elaboración de políticas públicas, por lo general alejado de la vida del ciudadano común, ya que los implicados suelen toparse con escasas limitaciones17 al resultar prácticamente imposible someter a control alguno las motivaciones e intereses privados (que, con frecuencia, incluyen los de las instituciones citadas anteriormente) que afectan o subyacen al mismo18.
En la era de la globalización, la burguesía se ha propuesto reafirmar su hegemonía tomando el liderazgo moral e intelectual por medio de la popularización de una concepción particular de la corrupción (esto es, como opacidad) y tratando de modificar a su gusto las diversas formas de Estado alrededor del mundo bajo el pretexto de la protección de los intereses públicos de la mayoría. No obstante, como vemos, el ideal de transparencia no se dirige a la ciudadanía —que, por lo general, solo cuenta con la información que los medios corporativos le brindan—, sino a los empresarios en competencia intercapitalista19. De hecho, el interés en luchar contra esta lacra surge inicialmente a raíz de las quejas de políticos y exportadores estadounidenses que no consideraban justo rivalizar con países de la OCDE en una posición de ventaja por el vacío legal existente en cuanto a los sobornos a oficiales extranjeros y su desgravación fiscal20. No es casual, por otro lado, que haya estudios sobre esta problemática destinados a examinar los grados de arbitrariedad y prevalencia de la corrupción en determinados países con el fin último de dar a quienes encabezan los negocios privados una idea más clara sobre la posibilidad real de encontrarse con una petición de soborno, primero, y de recibir el trato preferencial prometido al inicio de la transacción, después, pues no es sino de tal incertidumbre que pueden derivar las verdaderas pérdidas. Así, cuanto más ubicua —y, por ende, visible— sea la corrupción, mayor facilidad habrá para identificarla y decidir de antemano si merece la pena incurrir activamente en una conducta ilícita de cara a nivelarse con dicha competencia. Como veremos más tarde cuando examinemos el caso de Corea del Sur, a la pluralidad de actores con poder discrecional siempre viene asociada una ambigüedad superior respecto a la naturaleza de los resultados y costes que puedan derivarse de estos sobornos, al menos en la medida en que un funcionario podría elevar el precio del trato de favor inadvertidamente o, incluso, no estar coordinado con otros agentes corrompidos del gobierno y carecer de la autoridad suficiente para tomar ciertas decisiones en un ámbito dado21.
Si bien planeamos abordar esta cuestión con mayor detalle en los próximos apartados, conviene ir puntualizando que desde el análisis marxista se repara en la importancia de la transnacionalización del trabajo y el capital como condición necesaria del proceso de reproducción de la explotación propia del presente modo de producción, siendo el imperialismo, a juicio de Bratsis (2014), consustancial a la nación moderna en la medida en que la separación formal de las luchas políticas y económicas que caracteriza al Estado burgués autónomo debe materializarse en la totalidad de sociedades integradas en el circuito internacional del capital (ahora caracterizado por su superior escala y velocidad)22. Así, la homogeneización de las formas políticas y legales por todo el mundo, más allá de las particularidades regionales o locales, junto al fortalecimiento de las capacidades institucionales (sobre todo las judiciales), ayudaría a garantizar la eficacia del principio de indiferencia frente a los intereses individuales al que aludíamos, siendo éste un requisito indispensable para mantener los mecanismos y relaciones de dominación de una clase sobre otra a nivel global23. Sea como fuere, desde estas campañas suele argüirse que la razón principal por la que debemos combatir la corrupción se identifica con la optimización de las condiciones materiales de los territorios más vulnerables y empobrecidos. Los informes oficiales insisten en la idea de que dicho fenómeno supone un impedimento para el desarrollo económico, de ahí, por ejemplo, la agitación política en Asia occidental, el fracaso humanitario en países como Haití, y demás crisis en cuya génesis se niega a conveniencia el papel crucial del imperialismo occidental24. Tal punto de vista, al no representar nada más que una herramienta conceptual de manipulación ideológica, fracasa estrepitosamente a la hora de explicar las causas reales de la desigualdad norte-sur, pues pretende dar a entender que, en realidad, ésta solo parte de una deficiencia del carácter o la naturaleza de esos pueblos en desventaja. ¿Sus argumentos? No están enteramente civilizados, carecen de autocontrol, son incapaces de aplazar las ganancias a corto plazo, sus normas o instituciones no son lo suficientemente racionales…25 El objetivo aquí consiste en impulsar la narrativa de que, ya que el mercado todo lo puede, resulta contraproducente tratar de dirigirlo en modo alguno; la pobreza no es sino fruto directo de la ausencia de fe en la naturaleza milagrosa de la liberalización por parte de los herejes gobernantes del tercer mundo. La principal debilidad de este enfoque, no obstante, consiste en ignorar el hecho de que altos índices de ganancias privadas no suelen venir acompañados por la prosperidad social, sino más bien todo lo contrario; cuanto más rápido se dirige un país hacia la ruina, mayores son los beneficios obtenidos por la clase capitalista. En palabras de Bratsis (2014):
[Es absurdo] que alguien intente hoy responder a tales preguntas sin tener en cuenta la historia de las guerras coloniales y el poder imperial (o, usando el término de Rosa Luxemburgo, la «acumulación por desposesión»), o los patrones actuales de propiedad de los recursos naturales […], como si la pobreza en los países ricos en recursos no tuviera nada que ver con el empleo del poder militar, el fraude, y la opresión ejercida por los Estados del epicentro capitalista26.
Un ejemplo de este mismo ejercicio de miopía neoliberal podemos encontrarlo en la crisis de deuda en Grecia, que, a pesar de haber afectado a un amplio repertorio de países a la vez (cada uno con su respectivo índice de corrupción), sus causas se achacaron a lo que algunos percibían como una cultura corrupta, hedonista, vaga e indisciplinada propia de los sureños, aparentemente dotados con pensiones y salarios demasiado generosos y un gasto público excesivo27 (razonamiento que recuerda a otros relativos el pasado comunista en Rusia, la herencia corporativista de América Latina, o la tradición de Estado fuerte e intervencionista en Turquía28). De nuevo, planteamientos semejantes nos previenen de entender las causas estructurales y sistémicas que condujeron a tal desastre, pues su intención no es otra que justificar la intervención de instancias de control externas en un amago de restar agencia a ciertos países en virtud de sus supuestos vicios antidemocráticos29, cuando no se exigen avances concretos en las reformas estructurales impuestas a cambio de ayuda financiera (donaciones, inversiones extranjeras…) para evitar obtener el —a todas luces injusto— estatus de régimen cleptocrático30. Si tenemos en cuenta que la media del Índice de Percepción de la Corrupción (IPC) en el 69% de los 176 países analizados era de menos de 50 en una escala de 0 (muy corrupto) a 100 (nada corrupto), y que, por lo general, se propone como solución a este problema la aplicación de mecanismos de monitoreo y verificación externos —puesto que, aparentemente, no se confía en la posibilidad de que observadores nacionales independientes sin afiliación alguna puedan investigar de manera imparcial y sin temor a sufrir represalias31—, no debería ser muy difícil arribar a una conclusión acertada sobre los principales beneficiarios del diseño e implantación de semejante sistema32.
III. El caso de Corea del Sur
Lo cierto es que conocemos múltiples casos de sociedades (como aquellas que se vieron afectadas por la Crisis financiera de 1997) en las que, o bien el impacto de la corrupción en la economía ha resultado relativamente insignificante según demuestran los datos empíricos reunidos33 (a pesar de lo cual continúa empleándose este argumento para dar a entender que no es sino en virtud de una desviación de la correcta implementación de las recetas neoliberales del FMI que los mercados se exponen a grandes riesgos, evitando así cualquier crítica34), o bien se ha podido compatibilizar a la perfección las prácticas viciadas que, considerándose en algunos casos como lubricantes del sistema35, traen beneficios inmediatos a individuos o corporaciones inmorales, y el desarrollo económico36. Por ejemplo, el Partido Democrático Republicano de Corea del Sur, bajo el régimen ultraderechista de Park Chung-Hee, exigía (hasta el punto de llegar a adquirir una condición de semi-impuestos, pues su impago traía consigo consecuencias nefastas) donaciones a todo tipo de empresas (incluidos los grandes conglomerados o chaebols) a cambio de licencias para importar productos (en un contexto en que el objetivo primordial lo constituía la industrialización orientada a las exportaciones), préstamos de bajo interés, y demás favores, a fin de amasar riquezas y dedicar una pequeña parte a ganar popularidad local, por ejemplo, costeando los gastos de formación de organizaciones comunitarias (que, como el New Village Movement, se dedicaban a la malversación de fondos) y la celebración de diversas festividades. No obstante, con la instauración de la democracia liberal, la corrupción se descentraliza y, si antes construir una fábrica requería un gran sobre repleto de dinero, ahora salía a más de cien; además, al multiplicarse la competencia política, también los costes asociados a los sobornos aumentaron. Sin ir más lejos, el fundador de Hyundai, Chung Jo-Yung, reveló en 1992 que durante la tercera república hubo de abonar anualmente en torno a un billón de won, cinco billones hacia la quinta, y diez durante la sexta; ni qué decir tiene que, aunque la regulación concerniente a la gestión corporativa destacaba por su copioso volumen en dicha etapa, rara vez cumplían con ella los magnates, al contar siempre con la opción de financiar indefinidamente su impunidad37.
IV. Reformas de ajuste estructural y subdesarrollo del Sur Global
En los casos en los que sí podemos atribuir a la corrupción las causas del subdesarrollo en el Sur global, sabemos que ésta constituye un correlato natural del aparato burocrático y la intensificación del comercio mundial puestos en marcha a instancias y en favor de Occidente, en general, y de las reformas de ajuste estructural impulsadas por el FMI38, en particular, entre otros factores. Dichas políticas, que implican la concesión de préstamos en circunstancias de crisis sujeta a una serie de condiciones y plazos39, han apostado desde los años noventa por forzar la limitación del alcance y trascendencia de los Estados, ya sea por medio de la austeridad fiscal, la desregulación económica (a menudo bajo el falso pretexto de que a mayor gasto público, más oportunidades del funcionariado para abusar de las prerrogativas inherentes a puestos con discreción para firmar contratos de adquisiciones y autorizar o inspeccionar actividades sometidas al ordenamiento jurídico, además de incurrir en conductas de rent-seeking), la derogación de leyes relativas a la recaudación de impuestos o al sistema de pensiones, y la privatización de los recursos y activos públicos, eliminando además tarifas y restricciones impuestas sobre la importación de productos y la introducción de entidades bancarias extranjeras, así como los subsidios destinados a industrias estratégicas, cualquier tipo de medida útil para proteger de la competencia internacional a los productores domésticos, y la posibilidad de proveer servicios estatales a precios no sujetos a la lógica de la oferta y la demanda. Por supuesto, todo ello opera en detrimento tanto de la sociedad civil como de ciertos grupos de interés (por ejemplo, el sector de los negocios, el ejército, o la administración pública), que, al atestiguar una disminución de sus retribuciones laborales o la amenaza a sus beneficios o privilegios, pueden llegar a buscar otras vías para preservar las condiciones materiales de las que gozaban previamente, en un contexto donde el Estado cuenta con menores competencias para detectar prácticas ilegales en su propio seno. Reinsberg et al. (2021) lo plantean de esta forma:
En resumen, las condiciones estructurales asociadas a los préstamos del FMI brindan incentivos a los actores económicos, burocráticos y políticos clave para ser más corruptos. En primer lugar, algunas empresas temen perder protección. Dado que han invertido anteriormente en el sector regulado (y mudar a otros sectores suele ser costoso), están dispuestos a pagar para que dicha situación se mantenga. En segundo lugar, los funcionarios públicos con cierta discreción sobre la implementación de las reformas serán más susceptibles a aceptar sobornos debido a que, si bien las condiciones que requieren recortes de salarios, pensiones y seguridad social, también ponen en riesgo sus propios privilegios, tales intercambios pueden servir para retrasar selectivamente la aplicación de determinados ajustes o para diseñar nuevos mecanismos de redistribución de rentas a los sujetos activos de cada transacción. En tercer lugar, los gobiernos encuentran mayores incentivos para tolerar la corrupción en tanto en cuanto su propia supervivencia política depende del apoyo de grupos clave, como los sectores comerciales o incluso otros empleados del sector público.
A nivel regional, de estos programas de ajuste estructural se deriva una precarización general de las relaciones laborales, al contemplar la validez de contratos que infringen los derechos colectivos de los trabajadores facilitando despidos e incluyendo cláusulas excesivamente flexibles y, por tanto, abusivas, además de posibilitar una mayor comodificación de elementos esenciales de la vida en sociedad e incluso la supervivencia, como la tierra, la salud, la educación, el agua potable, etc.40 Otra consecuencia sería la distribución no equitativa de la riqueza y la compraventa de empresas —antes públicas— en subastas donde los actores locales se encuentran totalmente incapacitados para competir con entidades transnacionales41. En definitiva, la eurocéntrica agenda anticorrupción no logra sino reproducir las relaciones de poder y desigualdades preexistentes, previniendo a los países de la periferia encontrar una solución que se adecúe a sus circunstancias particulares a dicho problema y obligándolos a asumir unos estándares y marcos generales de cuya definición no han participado ni sus representantes políticos, ni las instituciones emergidas de sus respectivas sociedades civiles. Occidente, como de costumbre, cree caminar varios pasos por delante del resto del mundo, privando unilateralmente a los países en desarrollo de la oportunidad de determinar los contornos de su autoridad política, por un lado, y las distinciones entre los intereses públicos y privados que más se ajustan a sus contextos, por otro, bajo el pretexto de que la globalización exige cierto grado de armonización de la normativa en todos los continentes, sin que a la mayoría de liberales se le pase por la cabeza siquiera la idea de que el orden capitalista es inherentemente corrupto, antidemocrático, y ha dependido tradicionalmente de formas no económicas de apropiación de la plusvalía como la legalización de genocidios, saqueos, e incursiones militares disfrazadas de intervenciones humanitarias o lucha contra el terrorismo, según el caso42.
V. Conclusiones
Como hemos podido comprobar, los fines de la lucha anticorrupción no son tan nobles como a primera vista pudiera parecer. Además de los mitos que hemos tratado de desmontar, podemos añadir que, en la práctica, esta cruzada contra la opacidad sirve, si acaso, para propugnar la ilusión —ahora que resulta imposible ignorar la magnitud del problema en los países del Norte Global, cuyo modelo político ha gozado de un prestigio sin parangón en la historia de las civilizaciones, dada la idealización absoluta del proceso de modernización que se considera que debería ser exportado al resto del mundo o, al menos, ser imitado por todos— de que unos pocos políticos y empresarios codiciosos y corruptos (la excepción) son los verdaderos responsables de las crisis cíclicas propias del sistema capitalista43, en lugar de atribuir sus causas a las contradicciones que le son consustanciales, como sucedió en 2008 con la quiebra de las instituciones financieras yanquis, que condujo a un desastre que nuestra generación conoce demasiado bien. Por otro lado, a pesar del pretendido carácter apolítico de esta causa, algunas de sus aplicaciones más recientes van desde la justificación de vulneraciones del derecho penal internacional (eternamente al servicio de las élites) instrumentalizadas en contra de los enemigos de EE.UU. (cuya organización terrorista principal —esto es, la CIA— actúa como si tuviera jurisdicción sobre toda la humanidad) tras lanzarles acusaciones falsas de blanqueo de capitales, narcotráfico, y demás delitos graves (como ha sucedido en el caso del diplomático Alex Saab, secuestrado en Cabo Verde por órdenes del régimen norteamericano), hasta la destrucción y pillaje sistemático de países enteros (véase Irak y la justicia de andar por casa aplicada a Saddam Hussein, por ejemplo). En resumidas cuentas, resulta esencial recalcar la necesidad de crear una definición más amplia de corrupción, que se oriente a la justicia social y laboral y asuma la lucha de clases como eje principal, reconociendo la naturaleza explotadora y parasítica de las relaciones de producción capitalistas, sin preocuparse únicamente por legitimar formalmente las medidas antiobreras, patriarcales, e imperialistas impuestas por la burguesía en pos de una normalidad hegemónica pro-neoliberal44.
Notas a pie de página
¹ Bratsis, P. (2014). Political corruption in the age of transnational capitalism: from the relative autonomy of the state to the White Man’s Burden. Historical Materialism, 22(1), p. 124.
² Bratsis, P. (2014), op. cit., p. 107.
³ De hecho, una búsqueda rápida en Google Scholar ofrece 734.000 resultados en 0,03 segundos.
⁴ Lee, S. H., & Oh, K. K. (2007). Corruption in Asia: Pervasiveness and arbitrariness. Asia Pacific Journal of Management, 24(1), p. 99.
⁵ Busuncian, T. (2018). Corruption–a major threat to national and international security. Eastern Europe Regional Studies, 3(3), p. 1.
⁶ Además de la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción, hecha en Nueva York el 31 de octubre de 2003, la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional, hecha en Nueva York el 15 de noviembre de 2000, la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional, hecha en Nueva York el 15 de noviembre de 2000, el Convenio de la OCDE para la lucha contra la corrupción de los agentes públicos extranjeros en las transacciones comerciales internacionales, hecho en París el 17 de diciembre de 1997, el Convenio penal del Consejo de Europa sobre la corrupción (Convenio número 173 del Consejo de Europa), hecho en Estrasburgo el 27 de enero de 1999, el Protocolo adicional al Convenio penal del Consejo de Europa sobre la corrupción, hecho en Estrasburgo el 15 de mayo de 2003, y el Convenio civil del Consejo de Europa sobre la corrupción (Convenio número 174 del Consejo de Europa), hecho en Estrasburgo el 4 de noviembre de 1999. Fuente: Convenios internacionales | Oficina Antifraude de Catalunya
⁷ Drozd, V., Chornous, Y., & Havryliuk, L. (2021). Cooperation in Countering Corruption as a Condition for National Security: International Legal Framework. In International Conference on Business, Accounting, Management, Banking, Economic Security and Legal Regulation Research (BAMBEL 2021) (pp. 160-165). Atlantis Press, pp. 161-162.
⁸ Para saber más sobre la cooperación internacional a este respecto, se recomienda la lectura del artículo anteriormente citado.
⁹ Busuncian, T. (2018), op. cit., pp. 1-2.
¹⁰ Bratsis, P. (2014), op. cit., p. 106.
¹¹ Bratsis, P. (2014), op. cit., p. 107.
¹² Bratsis, P. (2014), op. cit., pp. 112-113.
¹³ Bratsis, P. (2014), op. cit., pp. 115-116.
¹⁴ Bratsis, P. (2014), op. cit., p. 108.
¹⁵ Bratsis, P. (2014), op. cit., p. 109.
¹⁶ Bratsis, P. (2014), op. cit., pp. 115-116.
¹⁷ Bratsis, P. (2014), op. cit., p. 110.
¹⁸ Bratsis, P. (2014), op. cit., p. 111.
¹⁹ Bratsis, P. (2014), op. cit., p. 114.
²⁰ Bedirhanoğlu, P. (2016). Corruption of anti-corruption: Deconstructing neoliberal good governance. New rules for global justice: Structural redistribution in the global political economy, p. 60.
²¹ Lee, S. H., & Oh, K. K. (2007), op. cit., pp. 99-100.
²² Bratsis, P. (2014), op. cit., p. 116.
²³ Bratsis, P. (2014), op. cit., p. 117.
²⁴ Bratsis, P. (2014), op. cit., pp. 118-119.
²⁵ Bratsis, P. (2014), op. cit., p. 120.
²⁶ Bratsis, P. (2014), op. cit., p. 122.
²⁷ Bratsis, P. (2014), op. cit., p. 123.
²⁸ Bedirhanoğlu, P. (2016), op. cit., p. 62.
²⁹ Bratsis, P. (2014), op. cit., p. 124.
³⁰ Wescott, C. (2003). Combating Corruption in Southeast Asia. Fighting corruption in Asia: Causes, effects and remedies, p. 237.
³¹ Quah, J. S. (2018). Combating Corruption in Asian Countries: Learning from Success & Failure. Daedalus, 147(3), p. 212.
³² Busuncian, T. (2018), op. cit., p. 2.
³³ Huang, C. J. (2016). Is corruption bad for economic growth? Evidence from Asia-Pacific countries. The North American Journal of Economics and Finance, 35, p. 255.
³⁴ Bedirhanoğlu, P. (2016), op. cit., p. 61.
³⁵ Wescott, C. (2003), op. cit., p. 238.
³⁶ Lee, S. H., & Oh, K. K. (2007), op. cit., pp. 97-98.
³⁷ Campbell, N., & Saha, S. (2013). Corruption, democracy and Asia-Pacific countries. Journal of the Asia Pacific Economy, 18(2), pp. 292-294.
³⁸ Como demuestra la experiencia de Carlos Menem en Argentina, Fernando Collor de Mello en Brasil, Carlos Andrés Pérez Rodríguez en Venezuela,Turgut Özal en Turquía, y Boris Yeltsin en Rusia.
³⁹ Reinsberg, B., Kentikelenis, A., & Stubbs, T. (2021), «Una vez que los países han entrado en los programas del FMI, ¿por qué los funcionarios públicos no podrían simplemente optar por bloquear o retrasar la implementación de reformas que dañarían su bienestar, en lugar de recurrir a riesgosos sobornos? La explicación aquí se relaciona con la naturaleza iterativa de los préstamos del FMI: no son acuerdos puntuales, sino que implican desembolsos escalonados de tramos de préstamos. Esto significa que cuando la implementación se detiene, el FMI se niega a aprobar transferencias de tramos, lo que también tiene implicaciones posteriores para la actividad económica y la reputación del gobierno. En estas circunstancias, la corrupción, al menos entre algunos actores, podría ser tolerada por los gobiernos que deseen mantener el apoyo de algunos sectores clave, como empresas o funcionarios públicos». Creating crony capitalism: neoliberal globalization and the fueling of corruption. Socio-Economic Review, 19(2), p. 613.
⁴⁰ Bedirhanoğlu, P. (2016), op. cit., p. 69.
⁴¹ Reinsberg, B., Kentikelenis, A., & Stubbs, T. (2021), op. cit., pp. 608-612.
⁴² Bedirhanoğlu, P. (2016), op. cit., pp. 57-60.
⁴³ Bedirhanoğlu, P. (2016), op. cit., p. 62.
⁴⁴ Bedirhanoğlu, P. (2016), op. cit., pp. 65-66.
Referencias bibliográficas
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